Verifactu en 2026: qué es, fechas reales y qué programa de facturación necesitas

Verifactu: qué es y fechas

En el último año, si usas un programa para facturar, te habrán llegado correos con asuntos parecidos: «Adáptate a Verifactu antes de que sea tarde», «Evita multas de 50.000 euros». Casi todos los manda alguien que quiere venderte una suscripción. Y casi ninguno te cuenta que la fecha se ha movido dos veces y que hay un tercer aplazamiento anunciado.

Verifactu es el sistema con el que Hacienda quiere asegurarse de que las facturas que emite un programa no se pueden borrar ni retocar después. La idea es sencilla. Lo que lo complica son los plazos, las dos formas de cumplir y la cantidad de humo comercial que hay alrededor.

En esta guía separo lo que dice el BOE de lo que solo se ha anunciado, te explico a quién afecta de verdad y te cuento qué miraría yo antes de pagar un programa de facturación.

Qué ha pasado con Verifactu en octubre de 2026

El 5 de octubre de 2026, Hacienda anunció en una nota informativa que prevé aplazar hasta octubre de 2028 las obligaciones de Verifactu que quedan pendientes. El motivo es juntar dos calendarios que iban por separado: el de Verifactu y el de la factura electrónica obligatoria entre empresas.

El problema está en la palabra «prevé». A 26 de octubre de 2026, cuando escribo esto, ese cambio no está publicado en el BOE. Hasta que lo esté, las fechas legales siguen siendo las que fijó el Real Decreto-ley 15/2025 el pasado diciembre.

QuiénFecha vigente (BOE)Fecha anunciadaEstado
Fabricantes y comercializadores de software29 de julio de 2025Sin cambiosEn vigor
Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades1 de enero de 2027Octubre de 2028Anunciado, sin BOE
Autónomos y resto de obligados1 de julio de 2027Octubre de 2028Anunciado, sin BOE
Calendario de Verifactu a 26 de octubre de 2026. Fuente: Real Decreto-ley 15/2025 y nota de Hacienda del 5/10/2026.

Mi recomendación es planificar con las fechas de 2027. Si el aplazamiento se publica, tendrás margen de sobra. Si se retrasa o cambia la letra pequeña, no te pillará con el programa a medio cambiar. Actualizaré esta guía en cuanto salga la norma.

Calendario de Verifactu con las fechas vigentes en el BOE y el aplazamiento anunciado a 2028

Qué es Verifactu, explicado sin tecnicismos

Verifactu es el nombre popular del Reglamento de los sistemas informáticos de facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023. Viene de la Ley 11/2021, la ley antifraude, que prohibió el llamado software de doble uso: programas que permitían llevar una contabilidad para Hacienda y otra para el cajón.

En la práctica, obliga a que tu programa haga tres cosas cada vez que emites una factura:

  • Genera un registro de facturación con los datos básicos de la factura.
  • Le añade una huella digital (hash) que se encadena con la de la factura anterior. Si alguien borra o modifica una, la cadena se rompe y se nota.
  • Imprime un código QR en la factura, para que tu cliente pueda comprobarla en la sede de la Agencia Tributaria.

Fíjate en lo que no dice: no te obliga a cambiar la forma de mandar las facturas a tus clientes. Puedes seguir enviando un PDF por correo. Eso lo regula otra norma distinta, que vemos más abajo.

Esquema de cómo funciona Verifactu: registro, huella encadenada y código QR

Las dos formas de cumplir: modo VERI*FACTU y modo no VERI*FACTU

El reglamento te deja elegir entre dos modalidades. La diferencia está en si Hacienda recibe tus registros al momento o solo cuando te los pide.

AspectoModo VERI*FACTUModo no VERI*FACTU
Envío a HaciendaCada registro, al emitir la facturaSolo cuando la AEAT lo pide
Firma electrónica de los registrosNo hace faltaObligatoria
Código QR en la facturaSíSí
Leyenda en la facturaFactura verificable / VERI*FACTUNo lleva leyenda
Para quién encajaAutónomos y pymes que quieren olvidarseEmpresas que prefieren custodiar sus registros
Las dos formas de cumplir Verifactu, según el Real Decreto 1007/2023.

Para un autónomo o una pyme pequeña, el modo VERI*FACTU suele ser el más cómodo: el programa envía cada registro y no tienes que custodiar firmas ni copias. El otro modo tiene sentido si prefieres no mandar datos en tiempo real, pero te obliga a guardarlo todo firmado y a entregarlo en cuanto la AEAT lo pida.

Un detalle que casi nadie cuenta: cuando ya estés obligado, si empiezas a enviar en modo VERI*FACTU tendrás que seguir así al menos hasta que termine ese año natural.

¿A quién afecta Verifactu?

Afecta a quien emite facturas con un programa informático y tributa por el Impuesto sobre Sociedades, por el IRPF con actividad económica (los autónomos) o por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente. El tamaño da igual: una sociedad con dos empleados está tan obligada como una con doscientos.

Estar en módulos no te libra por sí solo. Si emites facturas con un programa, ese programa tiene que cumplir.

Quién queda fuera

  • Las empresas que ya están en el SII (Suministro Inmediato de Información), porque ya envían sus libros de IVA a Hacienda casi en tiempo real.
  • Quien tributa en el País Vasco o Navarra, que tienen sus propios sistemas, como TicketBAI en el caso vasco.
  • Las facturas que expide por ti tu cliente o un tercero por obligación legal. En esas operaciones, el programa que tiene que cumplir es el de quien emite la factura.

Si tienes un caso raro, las preguntas frecuentes de la Agencia Tributaria sobre el ámbito de aplicación son la fuente más fiable, más que cualquier blog, este incluido.

¿Y si facturo con Excel o Word?

Aquí está la zona gris que más dudas genera. La AEAT entiende que una hoja de cálculo o un procesador de textos que solo usas para escribir e imprimir la factura no es un sistema de facturación. Pero si la plantilla calcula el IVA con fórmulas, lleva la numeración o te genera los libros registro, puede considerarse uno. Y entonces tendría que cumplir con algo que Excel, tal cual, no puede cumplir.

Mi opinión: si emites más de un puñado de facturas al mes con una plantilla llena de fórmulas, estás en la zona de riesgo. No compensa jugarse una sanción por ahorrarte unos euros al mes, y menos existiendo una aplicación gratuita de Hacienda.

Verifactu y la factura electrónica obligatoria no son lo mismo

Esto confunde a casi todo el mundo, y más de un comercial lo aprovecha. Son dos obligaciones distintas:

  • Verifactu regula el programa con el que emites: que los registros no se puedan manipular.
  • La factura electrónica obligatoria entre empresas y autónomos, que viene de la Ley 18/2022 (Crea y Crece), regula cómo envías la factura: en un formato estructurado que el programa de tu cliente pueda leer, no en PDF.

La factura electrónica ya tiene su desarrollo: el Real Decreto 238/2026 y la Orden HAC/1028/2026, en vigor desde el 6 de octubre de 2026. Según esa orden, quien factura más de 8 millones al año tendrá que emitirla desde el 6 de octubre de 2027, y el resto desde el 6 de octubre de 2028. Justo por eso Hacienda quiere llevar Verifactu a octubre de 2028: para que la mayoría haga un solo cambio de programa en vez de dos.

Traducido a decisiones: si vas a cambiar de programa ahora, elige uno que ya tenga prevista la factura electrónica obligatoria. Pagar dos migraciones en dos años es tirar el dinero.

Las sanciones de Verifactu, sin alarmismo

Las cifras de los correos comerciales son reales, pero suelen llegar sin contexto. Están en el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria:

  • 50.000 euros por cada ejercicio para quien tenga un programa de facturación que no cumple, o uno que cumplía y ha sido alterado.
  • 150.000 euros por ejercicio y por tipo de programa para los fabricantes y comercializadores de software que permita manipular registros.

Dos matices. La sanción castiga «tener» el programa no adaptado; no hace falta demostrar que lo hayas usado para defraudar. Y es una cantidad fija, que no depende de lo que factures. Para un autónomo que factura 30.000 euros al año es una multa desproporcionada, y por eso merece la pena hacerlo bien una vez y olvidarse.

Lo que no suelen decir esos correos: mientras no llegue la fecha obligatoria que te toca, no hay sanción por usar un programa sin adaptar.

Cómo elegir un programa de facturación compatible con Verifactu

El mercado está lleno de sellos tipo «homologado por Hacienda» o «certificado Verifactu». Ninguno es oficial. Esto es lo que miraría yo, en este orden.

1. Pide la declaración responsable del fabricante

La AEAT no certifica programas. Lo que existe es una declaración responsable que firma el fabricante y que tiene que poder consultarse desde el propio programa. Si el comercial no sabe de qué le hablas, ya tienes una respuesta.

2. Comprueba qué modo usa y si te deja elegir

Lo normal es que funcione en modo VERI*FACTU. Si tienes motivos para preferir el otro, confírmalo antes de pagar, porque no todos los programas lo ofrecen.

3. Asegúrate de que puedes llevarte tus datos

Es el punto que más se olvida. Si dentro de dos años quieres cambiar de programa, necesitarás exportar clientes, facturas y registros. La propia aplicación gratuita de la AEAT no lo permite: lo que emitas allí se queda allí.

4. Que ya prepare la factura electrónica entre empresas

Pregunta directamente si emite y recibe factura electrónica en formato estructurado, y desde cuándo. Si la respuesta es «lo estamos estudiando», sigue buscando.

5. Calcula lo que te costará en tres años

Una cuota baja con cada módulo de pago aparte puede acabar costando el triple. Suma la cuota, los usuarios extra y lo que te costaría migrar el día que quieras irte.

Tu casoOpción razonableCuándo se queda corta
Autónomo con pocas facturas a empresasGratis App VERI*FACTU de la AEATSi algún día quieres cambiar de programa: no exporta
Autónomo que trabaja con gestoríaEl programa que use tu gestoríaSi no te da acceso a tus propios datos
Comercio con venta al públicoTPV o programa de caja adaptadoLa app de la AEAT no emite tickets
Pyme con stock, compras y varios usuariosERP con facturación adaptadaSi solo facturas servicios, pagas de más
Qué tipo de programa de facturación encaja según tu caso.

Sobre la aplicación gratuita VERI*FACTU de la AEAT: para un autónomo que emite facturas completas a otras empresas y no necesita nada más, cumple, y no tiene límite de facturas. Pero no emite facturas simplificadas (tickets), no admite varios destinatarios y, como decía, no exporta a otro programa. Si tu idea es crecer, empieza con algo que te puedas llevar. En la comparativa de programas de facturación para autónomos veremos alternativas una a una.

Errores frecuentes con Verifactu

  • Esperar al BOE para empezar a mirar. Cuando se publique, medio país cambiará de programa a la vez y los soportes irán saturados. Elegir ahora con calma te cuesta lo mismo.
  • Pagar por una «certificación». No hay ninguna certificación oficial que comprar. Si alguien te cobra por certificar tu programa, desconfía.
  • Creer que un PDF ya es factura electrónica. Para Verifactu da igual. Para la obligación entre empresas que llega después, un PDF no vale.
  • Cambiar de programa a mitad de año sin mirar el modo. Si ya estás obligado y empiezas en modo VERI*FACTU, tienes que mantenerlo hasta final de año.
  • Olvidarte del segundo programa. Si facturas con uno en la tienda y con otro a empresas, los dos tienen que cumplir.

Preguntas frecuentes sobre Verifactu

¿Verifactu se aplaza a 2028?

Está anunciado, no aprobado. Hacienda lo comunicó el 5 de octubre de 2026, pero hasta que se publique en el BOE, las fechas legales son el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto.

¿Tengo que enviar todas mis facturas a Hacienda?

Solo si usas el modo VERI*FACTU, y lo que se envía es un registro con los datos básicos de cada factura, no el documento completo. En el otro modo guardas los registros firmados y los entregas cuando te los pidan.

¿Puedo seguir haciendo las facturas a mano?

Sí. El reglamento regula los programas informáticos de facturación, así que una factura hecha a mano, en papel, queda fuera. No confundas «a mano» con «en Excel»: una hoja de cálculo con fórmulas puede contar como programa.

¿La app gratuita de Verifactu de Hacienda sirve para una tienda?

No para los tickets. No emite facturas simplificadas, así que un comercio que vende al público necesita un TPV o un programa de caja adaptado.

¿Qué pasa si mi programa no se adapta a tiempo?

Responden los dos: el fabricante por venderlo y tú por tenerlo. Por eso conviene pedir por escrito la declaración responsable y una fecha de adaptación. Si no te las dan, cambia de programa.

¿Me afecta si estoy en módulos?

Si emites facturas con un programa, sí. Tributar en estimación objetiva no es, por sí solo, una exención.

¿Tengo que cambiar de programa si ya uso uno conocido?

No necesariamente. La mayoría de programas de facturación serios ya se han adaptado o están en ello. Lo que tienes que comprobar es que el tuyo tenga la declaración responsable y que la actualización esté activa en tu cuenta.

Lo que yo haría hoy

Verifactu no es el monstruo que pintan los correos comerciales. Es una obligación técnica que, bien resuelta, apenas se nota en el día a día: el programa añade un QR a la factura y se encarga del resto.

Lo que sí cuesta dinero es decidir con prisas. Confirma qué fecha te toca, revisa si tu programa actual tiene la declaración responsable y, si vas a cambiar, elige uno que ya prepare la factura electrónica. Un cambio en lugar de dos.

Iré publicando comparativas de programas, sin enlaces patrocinados, en la sección de facturación para autónomos y pymes. Y en cuanto el aplazamiento salga en el BOE, actualizaré esta guía con las fechas nuevas.

Por Diego

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